Desde la aprobación del RD 173/2010, de 19 de febrero, por el que se incorpora al CTE las condiciones de accesibilidad en el DB SUA9 y el Real Decreto Legislativo 1/2013 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social existe la obligatoriedad por ley a partir del 4 de diciembre de 2017 de que todos los edificios garanticen la accesibilidad a la vivienda a todas las personas discapacitadas, con movilidad reducida o mayores de 70 años, acondicionando así el acceso a los edificios.
La Xunta de Galicia ha publicado la resolución por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de los programas de fomento de mejora de la eficacia energética y sostenibilidad en viviendas y de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas del Plan estatal de vivienda 2018-2021, con carácter plurianual.
El programa cuenta con dos líneas de ayudas:
A: dirigida a obras de mejora de la eficiencia energética y de la sustentación, con especial atención a la envolvente edificatoria. En edificios de residencia colectiva, se subvencionarán la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones comunes de ascensores e iluminación.
B: dirigida a actuaciones de conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad. Se subvencionarán la instalación de ascensores, salvaescaleras u otros dispositivos de accesibilidad.
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